La ‘ley del solo sí es sí’ deja libre a un agresor sexual al que el juez negó tres permisos por riesgo de reincidencia

El condenado abusó de una mujer con discapacidad, pero la revisión de la condena ha provocado su excarcelación tras cuatro años entre rejas y tres peticiones de permiso rechazadas por riesgo de reincidencia

           

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En derecho penal prima la aplicación de la ley más favorable al reo. Si la nueva norma penal establece una condena menor a la impuesta, el juez no puede mantener la pena aplicada en base a una norma que yo no está vigente.
Imaginemos que cuando se despenalizó el aborto hubiera habido mujeres presas en España por interrumpir su embarazo, ¿su excarcelación debía depender de la jurisprudencia? No ¿verdad?, se debe aplicar “ipso iure”.
Nuestro actual gobierno cuenta con comisarios políticos, no con verdaderos asesores jurídicos, y evitan consultar o no atienden al Consejo de Estado, al TC y a otros órganos consultivos; por esa razón declararon un estado de alarma anticonstitucional, han sometido y sacado adelante una norma errada en esta materia, que también será declarada inconstitucional por la violación de la presunción de inocencia, aprueban presupuestos basados en deseos y no en previsiones reales, sacarán adelante una ley trans igual de errónea y harán normas a medida para que los secesionistas puedan presentarse a las elecciones y para que sus corruptos no entren en prisión.
En todas las materias que legislan están ocurriendo este tipo de cosas, pero este tema se ha hecho más mediático.
Son, simplemente, un desastre.




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