1ºPerfecto. Partiendo de que no tenemos despido libre en España, establecer la indemnización en función de los años trabajados, cuando la temporalidad está desmadrada, los procesos laborales son larguísimos y la reforma de Rajoy permitió que los salarios de tramitación no se abonen sin el empleador indemniza ante la declaración de improcedencia (lo que no corrigió la contrarreforma laboral de Sánchez), no se ajusta en absoluto al principio tuitivo del derecho laboral en un Estado social como el nuestro. Las indemnizaciones por despido deben ser decididas por el juez de acuerdo con las condiciones particulares de cada caso: antigüedad, edad, situación socioeconómica, etc.