1ºHaciendo un análisis desde un punto de vista técnico-jurídico, en este hecho confluyen dos derechos constitucionales:
1° El Derecho a la vida (Ladrón).
2° El Derecho a la inviolabilidad del domicilio (Morador).
La sentencia no considera "proporcional" como "legítima defensa" el uso del arma de fuego y el resultado de muerte (en este caso en concreto).
Prevalece el 1° sobre el 2°.
Por ello condena al morador de la casa como autor de un delito de homicidio.
MI OPINION PERSONAL (no jurídica) es que debería estar legitimado defenderte en tú morada de intrusos cuando ello constituya un delito doloso (robos como es el caso) sin tener ningún reproche penal por la acciones realizadas, y creo que se debería legislar en ese sentido como ya ocurre en otros países.